
Un fondo mutuo es el patrimonio integrado por aportes de personas naturales y/o jurídicas para su inversión en valores de oferta pública y bienes que la ley permita, que administra una sociedad anónima por cuenta y riesgo de los partícipes o aportantes.
Los aportes de diferentes personas se reúnen en un fondo permitiéndoles acceder a estas personas, a través de su participación en el fondo, a distintas alternativas de inversión de manera cómoda, diversificada y mediante una gestión realizada por expertos.
La administración de los fondos mutuos será ejercida por sociedades anónimas cuyo exclusivo objeto sean tales administraciones y su fiscalización corresponderá a la Superintendencia de Valores y Seguros, la cual ejercerá esta función con las mismas atribuciones y facultades de que está investida para fiscalizar y sancionar a las sociedades anónimas abiertas y a las compañías de seguros.
Estas sociedades administradoras realizarán las inversiones, por cuenta de los fondos, en diferentes tipos de instrumentos financieros de acuerdo a la Política de Inversión de cada fondo mutuo. Esta política de inversión se encuentra contenida íntegramente en el Reglamento Interno de cada fondo.
Los fondos mutuos y las sociedades administradoras se regirán por las disposiciones legales establecidas en el D.L. 1328 de 1976 y su Reglamento, y por las que se establezcan en los respectivos reglamentos internos y los contratos de suscripción de cuotas aprobados para cada fondo mutuo por la Superintendencia de Valores y Seguros.
De esta forma, para cada fondo mutuo que se administre, será la sociedad administradora quien decida en qué instrumentos invertirá (por ejemplo: acciones, cuotas de fondos de inversión, bonos, pagarés, letras hipotecarias, etc.) de acuerdo a la ley, el reglamento de fondos mutuos y la política de inversión definida en el reglamento interno de cada fondo.
Los clientes podrán escoger el o los fondos mutuos que más se ajusten a su perfil de inversión, sus horizontes de tiempo, sus necesidades de liquidez y de acuerdo al riesgo que esté dispuesto a asumir, con información veraz y oportuna.
¿Cuáles son los costos asociados a la inversión en fondos mutuos?
Podemos distinguir tres conceptos:
1.- Remuneración: corresponde al cobro que realizan las sociedades administradoras por la administración de los recursos del fondo y se expresa como porcentaje anuales IVA incluido. En el valor cuota diario ya se encuentra descontada la proporción diaria de la remuneración.
2.- Comisión: la comisión de colocación de cuotas (generalmente diferida al rescate), corresponde a un porcentaje cobrado por las administradoras, cuando se realiza un rescate antes del plazo mínimo de permanencia establecido en el reglamento interno de cada fondo mutuo.
3.- Gastos del Fondo: corresponde a los gastos de cargo del fondo o serie de cuotas, directamente vinculados con su operación y los que se encuentran definidos en el reglamento interno del mismo.
Diversificación: la diversificación presentada por las carteras de los fondos mutuos, permite acotar el riesgo al estar participando de diversos instrumentos de inversión con distintos plazos y que participan de diferentes sectores y países.
Liquidez: a diferencia de otras alternativas de inversión, los fondos mutuos no poseen una fecha de vencimiento por lo que en primer lugar la inversión no necesita ser renovada. Adicionalmente, es posible disponer del dinero con amplia facilidad y rapidez.
Accesibilidad: para poder participar de las oportunidades que presenta tanto el mercado nacional como internacional, no es necesario invertir importantes sumas de dinero. Infórmese de las condiciones de inversión de cada fondo mutuo.
Beneficios Tributarios: las inversiones en fondos mutuos permiten acceder a importantes beneficios tributarios como el del artículo 18 Ter, 57 Bis y 42 Bis de la Ley de Impuesto a la Renta.
