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Actualización Artículo 85 y Circular 57

Creado 16 Jun, 2022 Documentos
Actualizado 3 Ene, 2024

¿Que es Articulo 85?

Corresponde a una declaración que solo realizan las Personas Jurídicas, donde registran quienes son sus socios o accionistas, las cuales pueden ser Personas Naturales y Empresas.

Es importante tener presente que ni la sumatoria de la compensación societaria, ni sus integrantes por sí solos, pueden ser mayor al 100% de participación.
*Ninguna empresa puede estar relacionada consigo misma*

¿Qué es Circular 57?

Corresponde a una declaración donde se solicita identificar a las personas naturales que posean cierta participación en la persona jurídica.

En este documento se debe declarar el porcentaje de participación de cada una de las personas naturales que posean, directa o indirectamente el 10% o más de participación en el capital o en los derechos a voto en la empresa o institución que hace la declaración.

Demo en video

Los principales beneficios son:

  • Para simplificar el proceso de actualización hemos cargado en 360IConnect tu última declaración registrada en el banco, para que puedas confirmar o modificar la información de tu empresa.
  • Hemos unificado el Artículo 85 y Circular 57 en un mismo procedimiento lo que facilita el ingreso de información y genera ahorros de tiempo.
  • La funcionalidad incluye una alerta indicando si el documento se encuentra vigente, por vencer o vencido para que la actualización sea en la fecha requerida y así tus operaciones se realicen de forma más expedita.
  • Con esto se da cumplimiento a las disposiciones de los reguladores.

Consideraciones:

  • Debes tener rol de apoderado autorizado para realizar la actualización del documento.
  • Esta solicitud no requiere firma de multipass.
  • Para empresas que posean socios con rut ficticio estos podrán ser ingresados por la web (previa coordinación con tu Banquero).
  • Debes declarar a los socios o accionistas de la sociedad con participación superior al 2% del capital y/o de las utilidades.

Permisos:

Para realizar la creación de la solicitud, el apoderado debe tener el permiso de "crear" en la sección de solicitudes y documentos. Para hacer seguimiento de ellas, el usuario necesita el permiso de "consultar" en la misma sección.

Paso a paso

  1. Dirígete al menú Solicitudes y documentos > Crear solicitud
  2. Selecciona en tipo de solicitud el documento Artículo 85 - Circular 57
    • Tips: Por defecto se desplegará tu última declaración del artículo 85 - circular 57 ingresada en el banco. Además, aparecerá una alerta indicando si el documento se encuentra vigente, por vencer o vencido.
  3. Revisa la información que se despliega en socios participantes de la empresa, participación en otras empresas y controladores de la empresa haciendo clic en cada una de ellas.
  4. Si necesitas modificar la información utiliza los botones de editar o eliminar según lo requieras.
  5. Una vez que completes toda la información, acepta los términos y condiciones.
  6. Haz clic en continuar para revisar la información declarada.
  7. Si está todo correcto haz clic en confirmar solicitud en caso contrario haz clic en cancelar y vuelve a la etapa anterior.
  8. Al confirmar la solicitud ésta quedará ingresada en nuestros sistemas y podrás hacer descarga del comprobante.
  9. Finalmente, puedes consultar tus solicitudes en el menú solicitudes y documentos > consultar solicitud.

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