Martes, 13 de septiembre 2005 contáctenos . ofertas de trabajo . sucursales . mapa del sitio . emergencia . ayuda 
Invierta en Línea
Portafolio a Su Medida
Perfil del Inversionista
Publicaciones Financieras
Glosario Financiero
 
Depósitos a Plazo
Fondos Mutuos
Acciones
APV
Ahorro
Dólares
Pactos, Letras, otros Renta Fija
Internacionales
Administración de Cartera
 
Educación de los Hijos
Fondo para Imprevistos

Propiedades

Jubilación
General
 
 

El Ahorro Previsional Voluntario (APV ) es un mecanismo de ahorro voluntario, adicional a su cotización obligatoria, destinado a mejorar y/o anticipar su pensión al momento de jubilar.

Adicionalmente, permite a las personas ahorrar con importantes beneficios tributarios.

Beneficios

  • Beneficios tributarios para empleados dependientes o trabajadores independientes.
  • Aumenta la pensión.
  • Adelanta la pensión.
  • Retiro de excedentes de libre disposición.
  • Mayor liquidez mediante retiros anticipados.
  • Sirve como seguro de cesantía.

Mientras antes comience mejor
El efecto positivo del APV en la pensión se maximiza mientras menor sea la edad en que se comienza a ahorrar...


En que consiste:

Para los Trabajadores dependientes
Permite ahorrar hasta UF 50 mensuales que son rebajados del sueldo imponible. Parte de este ahorro corresponde a un menor sueldo liquido y la diferencia se produce por la rebaja tributaria.
Si estos ahorros son efectuados directamente por usted y no rebajado por su empleador, el monto podrá ser hasta 600 UF anuales distribuidas según sus flujos. Para obtener el benéfico tributario deberá rebajar los ahorros efectuados en su declaración de impuestos del año siguiente.

Para los Trabajadores independientes
Los Independientes pueden rebajar de la renta imponible 8,33 UF mensuales por cada 1 UF mensual de cotización obligatoria, con tope de 600 UF anuales. Para obtener el benéfico tributario deberá rebajar los ahorros efectuados en su liquidación de impuesto del año siguiente.

Formas de Realizar su APV
las Cotizaciones Voluntarias y los Depósitos Convenidos:
Cotizaciones Voluntarias

Son las cotizaciones que usted puede realizar por sobre el 10% obligatorio. Estas cotizaciones están exentas de impuesto hasta por un tope de 50 UF al mes, beneficio que ahora también pueden aprovechar los trabajadores independientes.
• Depósitos Convenidos

Son aportes en dinero que los trabajadores pueden convenir con su empleador. Este depósito no tiene límite en cuanto a su monto, ni constituye remuneración para el trabajador, de modo que no está afecto a impuesto.

APV en Bci
  • Fondo mutuos para APV
  • Seguros de Vida para APV
  • Seguros ahorro para APV

No espere más, solicite aquí a uno de nuestros especialistas y obtenga una asesoría experta



límite de garantía estatal a los depósitos
tasas de créditos de consumo

política de seguridad
© 2005 Banco Crédito Inversiones
Tome un Tour de Bci.cl