Principales Exclusiones
La presente póliza no cubre gastos médicos en que haya incurrido un asegurado que sean relativos a alguna de las prestaciones, medicamentos, gastos farmacéuticos, procedimientos o estudios que se indican a continuación, o se originen, o sean consecuencia o complicación de alguna incapacidad que se menciona en el presente artículo:
- El presente seguro no cubrirá ninguna prestación o gasto que no haya sido cubierto previamente por el sistema previsional del asegurado, con excepción de aquellos específicamente determinados en el artículo anterior.
- Se excluyen expresamente los gastos en razón de medicamentos e insumos, tanto ambulatorios como hospitalarios.
- Se establece de forma expresa que no se otorgará cobertura alguna a las enfermedades, dolencias o situaciones de salud preexistentes, es decir, cualquiera enfermedad, incapacidad, lesión o situación de salud que afecte al asegurado y que haya sido diagnosticada o conocida por el asegurado con anterioridad a la fecha de contratación del seguro.
- Se excluyen las coberturas de parto normal, cesárea, aborto involuntario, complicaciones del embarazo y complicaciones en el parto, cuando la fecha probable de inicio del embarazo haya ocurrido con fecha anterior a la vigencia del seguro.
- Para los efectos de la cobertura de esta póliza, la fecha probable de inicio del embarazo será aquella que se determine en base al informe del examen de imagenología obstétrico practicado a la asegurada.
El seguro tampoco cubrirá ninguna prestación o gasto que se origine por los siguientes motivos:
- Efectos de guerra, declarada o no declarada, invasión, acción de un enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas, ya sea con o sin declaración de guerra.
- Epidemias y pandemias declaradas por la autoridad competente.
- Tratamientos por adicción a las drogas, alcoholismo o tabaquismo.
- Cirugía por obesidad cuando el índice de masa corporal (IMC) sea menor a cuarenta (40).
- Tratamientos de fertilidad, infertilidad y esterilidad.
- Hospitalizaciones domiciliarias y prestación de servicios de enfermería fuera de un recinto hospitalario, así como hospitalizaciones para fines de reposo o a causa de enfermedades psiquiátricas y/o psicológicas.
Para este Seguro Complementario de Salud, regirán las exclusiones establecidas en el artículo N°3 de las Condiciones Generales registradas en el Depósito de Pólizas de la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código POL 3 2021 0209