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Asegura la tranquilidad de tus seres queridos cubriendo los gastos funerarios en caso de fallecimiento. Un respaldo económico en momentos difíciles.
Reembolso de gastos por servicios funerarios en territorio nacional.
Estándar y Premium, adaptados a tus necesidades.
Incluye ataúd, carroza, sala de velación y más.
100% online y sin trámites presenciales.
Edad Mínima de Ingreso | Edad Máxima de Ingreso |
---|---|
Desde los 18 años de edad
|
Día anterior a cumplir los 65 años de edad |
Podrán ser asegurados adicionales él o la cónyuge del asegurado titular, él o la conviviente civil del asegurado titular.
Edad Mínima de Ingreso | Edad Máxima de Ingreso |
---|---|
Desde los 18 años de edad
|
Día anterior a cumplir los 65 años de edad |
Podrán también ser asegurados adicionales los hijos del asegurado titular, e hijos de él o la cónyuge o de él o la conviviente civil del asegurado titular.
Edad Mínima de Ingreso | Edad Máxima de Ingreso |
---|---|
14 días desde el nacimiento
|
Día anterior a cumplir los 65 años de edad |
Cobertura | Valor |
---|---|
Plan Estándar
|
Desde $8.908 mensuales (UF 0,229).
|
Plan Premium
|
Valor sujeto a cotización.
|
Nota: Valores referenciales según UF al 01-04-2025
La prima puede ser pagada de la siguiente manera:
Abierto a todo medio de pago.
La prima mensual a pagar se calculará sumando la prima mensual del asegurado titular en UF más la prima mensual por cada asegurado adicional en UF, según el plan contratado por el asegurado titular y establecido en el Certificado de Cobertura.
Cobertura | Límite por persona | Límite Máximo |
---|---|---|
Muerte y/o daños personales |
US$ 40.000 |
US$ 200.000 |
Daños materiales |
US$ 20.000 |
US$ 40.000 |
La Compañía Aseguradora reembolsará al beneficiario, hasta la suma asegurada, los Gastos Reembolsables, definidos en la POL 2 2019 0132, pagados por concepto de servicios funerarios, prestados en el territorio nacional, sin perjuicio del servicio de traslado internacional, derivados del deceso de cualquiera de los asegurados. Los servicios funerarios se describen a continuación. Descripción de los Servicios Funerarios, según cada Plan escogido por el asegurado titular, el cual quedará especificado en el Certificado de Cobertura correspondiente.
Cobertura | Plan Estándar | Plan Premium |
---|---|---|
Servicios iniciales |
|
|
Ataúd de Madera |
categoría especial |
categoría lujo |
Capilla Ardiente |
si |
si |
Tarjetero y libro de condolencias |
si |
si |
Carroza funeraria |
si |
si |
Carro Porta Flores |
no |
si |
Certificado médico defunción |
Si |
si |
Recogida e instalación del servicio |
si |
si |
Conducción del Féretro |
si |
si |
Preparación Tanatológica |
sí |
si |
Trámites Legales y Administrativos (registro civil - seremi) |
si |
si |
Certificados de Defunción (registro civil) |
si |
si |
Sala de Velación |
si |
si |
Servicio de Catering/Cafetería portátil |
si |
si |
Centro de flores(cantidad) |
si(uno) |
si(dos) |
Cubre Uma (flores) |
si |
si |
Publicación de aviso/esquela de funeral en periódico/prensa |
no |
si |
Vehículo de acompañamiento (automóvil o van) |
si |
si |
Servicio religioso |
si |
si |
Traslado dentro de territorio nacional hasta 100 kms |
si |
si |
Corresponde al traslado, dentro del territorio nacional, del cadáver o de los restos humanos del asegurado fallecido, desde el lugar donde la entidad funeraria comenzó su traslado hasta el lugar de velación y/o el cementerio, siempre que dicho traslado supere los cien (100) kilómetros. Los primeros cien (100) kilómetros de traslado serán cubiertos por los Servicios Iniciales considerando el límite de reembolso de gastos establecido para dicho servicio.
Toda vez que aplique este servicio de traslado nacional adicional, el monto máximo a reembolsar será el resultante de multiplicar la cantidad de UF 0,02, por cada kilómetro recorrido por sobre los cien (100) kilómetros iniciales. Esta cobertura está sujeta al límite máximo de reembolso establecido para este servicio por asegurado.
Corresponde a aquel traslado del cadáver o de los restos humanos del asegurado fallecido, desde el lugar de fallecimiento ocurrido fuera del territorio nacional hasta Chile.
Esta cobertura está sujeta a que el fallecimiento del asegurado ocurra dentro de un plazo máximo de 90 días contado desde la salida del asegurado de territorio nacional y al límite máximo de suma asegurada señalada en los artículos “Suma Asegurada y su incremento automático” y “Suma Asegurada total luego del último incremento automático o para decesos cuya causa haya sido un accidente”, siguientes.
De conformidad a las condiciones generales del Seguro Colectivo que cubre gastos generados por el deceso del asegurado, la suma asegurada para cada asegurado comienza con una cantidad equivalente al 10% de la suma asegurada señalada en el cuadro subsiguiente y se incrementará en cinco (5) oportunidades de manera automática en las fechas y cantidades que se indican a continuación hasta llegar al 100% de la suma asegurada.
Cobertura |
Descripción |
---|---|
Inhumación o Incineración |
Cubre gastos asociados al entierro o cremación del asegurado fallecido. |
Traslado Nacional |
Reembolsa desde el km 101 en adelante, si el traslado supera los 100 km. UF 0,02 por km adicional. |
Traslado Internacional |
Traslado del cuerpo a Chile si el fallecimiento ocurre fuera del país y dentro de los 90 días desde la salida del asegurado. |
Suma Asegurada Progresiva |
Comienza en 10% y se incrementa automáticamente en 5 etapas hasta alcanzar el 100% del monto asegurado. |
Días de Cobertura |
Porcentaje de la suma asegurada |
---|---|
Dia de contratación hasta el día 30 corrido,inclusive |
10% |
Día 31 al 60,inclusive |
20% |
Día 61 al 90, inclusive |
30% |
Día 91 al 120, inclusive |
40% |
Día 121 al 150 , en adelante |
50% |
A contar del día 151,en adelante |
100% |
En todo caso, si el fallecimiento del asegurado se produce a consecuencia de un accidente, independiente del momento en que haya ocurrido, la suma asegurada será la totalidad.
Suma asegurada total luego del último incremento automático o para decesos cuya causa haya sido un accidente.
Coberturas Póliza Servicios Funerarios | Suma asegurada o límite de reembolso de gastos por servicios funerarios por asegurado (en UF) | Suma asegurada o límite de reembolso de gastos por servicios funerarios por asegurados (en UF) |
---|---|---|
Plan Estandar | Plan Premium | |
Servicios iniciales | UF 35 | UF 63 |
Servicio de inhumación o incineración | UF 35 | UF 90 |
Servicio de traslado | ||
Traslado acional adicional | UF 11 | UF 20 |
Traslado nternacional | UF 250 | UF 250 |
Notas:
Suma asegurada para cobertura adicional de muerte accidental (cad320190160)
Coberturas Póliza (cad320190160) |
Suma asegurada (en UF) |
Suma asegurada (en UF) |
---|---|---|
|
Plan Estándar |
Plan Premium |
Muerte accidental (sólo para el asegurado titular) |
UF 100 |
UF 200 |
Notas:
Principales Exclusiones coberturas del seguro colectivo que cubre gastos generados por el deceso del asegurado. (POL 2 2019 0132) Las contempladas en las condiciones generales POL220190132, salvo la exclusión de la letra h, la cual se modifica según lo indicado a continuación: "h. Cáncer. No obstante lo anterior, el riesgo de muerte por Cáncer del asegurado sólo quedará cubierto a partir de haber estado vigente el contrato de seguro por el plazo de un (1) año, en virtud de sucesivas renovaciones."
Se deja constancia que, si el deceso del asegurado se produce a consecuencia de COVID-19, no se aplicará la exclusión del artículo 5, letra f) de la POL220190132: "Epidemias o pandemias declaradas por la autoridad competente o por el organismo de salud mundial competente, respectivamente."
Beneficio
|
Plan Estándar
|
Plan Premium
|
---|---|---|
Ataúd de madera | Categoría especial | Categoría lujo |
Capilla ardiente | Si | Si |
Carroza funeraria | Si | Si |
Sala de velación | Si | Si |
Servicio de catering | No | Si |
Publicación en prensa | No | Si |
Vehículo de acompañamiento | Si | Si |
Beneficio
|
Descripción
|
---|---|
Asistencia Legal Funeraria telefónica |
Límite: Ilimitado |
Asistencia telemedicina |
|
Asistencia Programa de Mascotas |
|
Descuentos en Farmacia Salcobrand |
El monto máximo total en descuento será de $35.000 mensuales. |
Este servicio se enfoca en atenciones primarias que no requieren atención presencial en casos de emergencia o estabilización física del paciente.
La plataforma garantiza el almacenamiento seguro de los datos de los asegurados, brindándoles acceso a su información e historial de atenciones médicas en cualquier momento a través de su perfil privado.
Servicio que orienta y dirige; además que permite al cliente hacer un uso óptimo de sus coberturas y beneficios en salud.
Programas GES y CAEC; Ley Ricarte Soto y Ley de urgencias. Uso de seguros complementarios, seguros adicionales y voluntarios.
Servicio que permite al asegurado y su grupo familiar dependiente ser atendido a distancia en forma inmediata por un médico general para resolver dudas y recibir diagnóstico frente a enfermedades de baja a mediana complejidad. Atención inmediata los 7 días de la semana, las 24 horas del día.
Este servicio se enfoca en estudiar los nutrientes y su relación con el cuerpo, promoviendo hábitos alimentarios saludables que mejoran el rendimiento físico y previenen enfermedades. Atención agendable.
Este servicio resuelve consultas puntuales sobre alimentos específicos, pautas de alimentación o dietas ya existentes. Atención inmediata, de lunes a viernes de 18:00 a 20:00 hrs
Este servicio ofrece atención y orientación psicosocial para que los asegurados puedan expresar y resolver inquietudes, recibir respuestas oportunas y obtener ayuda pertinente para enfrentar necesidades psicoafectivas y sobrellevar situaciones de crisis. Atención agendable.
Este servicio acompaña a las mujeres en los diferentes procesos fisiológicos a lo largo de su vida. Desde las primeras etapas de la vida sexual, anticoncepción, embarazo, parto y puerperio, lactancia y maternidad, hasta la menopausia y el climaterio. Atención agendable.
Este servicio brinda apoyo a los padres en el cuidado de la salud de los niños, desde su nacimiento hasta la adolescencia. Se enfoca en el diagnóstico y tratamiento de enfermedades infantiles, seguimiento del crecimiento y desarrollo, prevención de enfermedades y promoción de la salud en la infancia. Atención agendable.
El Programa de Asistencia Mascotas Proyecto BICE Vida brindará a sus suscriptores y/o Usuarios, servicios de asistencia las veinticuatro (24) horas del día, los trescientos sesenta y cinco (365) días del año a través del operador del servicio, la empresa, ADDIUVA CHILE.
Servicio de apoyo para el suscriptor si es que su mascota fallece o muere en resultado de un accidente o enfermedad incurable, la compañía de asistencia gestionará la cremación de la mascota con su red de prestadores según lo que se ajuste a las coberturas de este servicio.
Descuentos en Farmacia Salcobrand
Como beneficio adicional, el asegurado podrá acceder a descuentos en Farmacia Salcobrand, en los siguientes porcentajes:
El monto máximo total en descuento será de $35.000 mensuales.
Servicio coordinación servicios funerarios
Deberá contactarse con nuestro call center inmediatamente ocurrido el fallecimiento del asegurado al teléfono 800 390 200, disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
En caso de que las familias no deseen contar con los servicios de coordinación, podrán gestionar los servicios de forma particular. Terminados los trámites, deberán iniciar el proceso de reembolso del capital asegurado, en donde BICE Vida realizará el pago al beneficiario que acredite mediante documentación pertinente, que ha pagado los gastos funerarios, de acuerdo con el plan contratado.
Presencialmente mediante comunicación por escrito a cualquiera de las sucursales de LIDER a lo largo del país.
Con todo, la Compañía Aseguradora queda facultada para solicitar los documentos adicionales que estime del caso, a efectos de aclarar la causa del deceso y los gastos generados por el deceso del asegurado que se solicitan reembolsar. Toda la documentación debe ser entregada en original, salvo impedimento acreditado.
En caso de que se requiera de mayores antecedentes sobre la procedencia y monto del gasto a reembolsar, la Compañía Aseguradora dispondrá la liquidación del siniestro conforme al procedimiento de liquidación establecido en el Título IV del Decreto Supremo N° 1.055 de 2012, sobre Reglamento de los Auxiliares del Comercio de Seguros.
Servicio coordinación servicios funerarios
Presencialmente mediante comunicación por escrito a cualquiera de las sucursales de servicios financieros en LIDER a lo largo del país.
Ocurrido el deceso de un asegurado, cualquier persona vinculada al asegurado deberá comunicar dicha circunstancia a la Compañía Aseguradora lo más pronto posible. Para estos efectos se deberá acompañar la copia del certificado de defunción y del certificado médico que deje constancia de la causa del fallecimiento, en caso de que la Compañía Aseguradora lo requiera.
Seguro Funerario
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