Esta materia está regulada por el Decreto Supremo N° 594 del año 1999. Este reglamento establece las condiciones sanitarias y ambientales básicas que deberá cumplir todo lugar de trabajo. Establece, además, los límites permisibles de exposición ambiental a agentes químicos y agentes físicos, y aquellos límites de tolerancia biológica para trabajadores expuestos a riesgo ocupacional.
En Santiago, la autoridad encargada de velar por el cumplimiento de estas normas es la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana.