· Conozca los Beneficios Tributarios del APV

El APV presenta distintos beneficios tributarios, dependiendo de la modalidad de ahorro escogida*.

Modalidad A: Que al momento del depósito, este no sea descontado de la remuneración o renta tributable, y que los retiros de aportes no sean gravados con impuesto.


  • Tienen derecho a la Bonificación Fiscal quienes optan por la modalidad A de tributación de acuerdo al Artículo 20 L del D.L. N° 3500 tanto los trabajadores dependientes como independientes que realicen aportes APV que no sean descontados de la remuneración o renta tributable y cuyo saldo sea destinado a adelantar o aumentar la pensión.
  • La bonificación fiscal se recibe al momento de la pensión, y es igual al 15% del monto ahorrado que se destine a adelantar o incrementar dicha pensión.
  • En cada año calendario la bonificación no podrá ser superior a 6 UTM.
  • La bonificación y la rentabilidad que genere no estarán afectas a impuesto a la renta mientras no sean retiradas.
  • Contempla liquidez, pagando impuesto único que afecta a los retiros.

La bonificación fiscal es particularmente relevante para trabajadores de ingresos medios y bajos, ya que su tributación es menor.


Modalidad B: Que el ahorro sea descontado de la remuneración o renta tributable, y que los retiros paguen un impuesto único con recargo.


  • El trabajador se acoge a los beneficios tributarios contemplados en el artículo 42 bis de la Ley de Impuesto a la Renta (Reforma MKI: año 2001).
  • El ahorro será descontado de la remuneración o renta tributable.
  • Un porcentaje que varía entre un 5% y 40% del monto de ahorro realizado es financiada por el Estado en forma de una rebaja de la base imponible.
  • Contempla liquidez  pagando la tasa marginal del Impuesto Global Complementario, más un recargo que varía entre un 3 % y un 7% dependiendo de sus ingresos tributables.

* De acuerdo a lo señalado en el Articulo 20 L del Decreto Ley 3500

Infórmese sobre las características esenciales de la inversión en fondos mutuos, las que se encuentran contenidas en los Reglamentos Internos y Contratos de Suscripción de Cuotas respectivos. Las rentabilidades obtenidas en el pasado por los fondos mutuos administrados por esta sociedad, no garantizan que ellas se repitan en el futuro. Los valores de las cuotas de los fondos mutuos son variables. La diferencia en rentabilidad entre alternativas de ahorro previsional voluntario no necesariamente refleja la diferencia en el riesgo de las inversiones”. La rentabilidad es fluctuante por lo que nada garantiza que las rentabilidades pasadas se repitan en el futuro.

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